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La localización fiscal Canaria ya está disponible

Seguimos trabajando en la localización española, en este caso, ya están disponibles los paquetes de localización fiscal para las Islas Canarias: el completo, para pymes y para organizaciones sin ánimo de lucro.

La localización canaria está disponible a partir de la versión 18 de Odoo Enterprise. Para tener acceso a ella, si ya estás trabajando con Odoo, se deberá crear una nueva base de datos, seleccionar el paquete fiscal correcto y migrar la información.


¿Qué es la localización fiscal?

La localización fiscal de la empresa hace referencia a donde se encuentra ubicada la sociedad, es decir, desde dónde factura una persona o entidad.

Los paquetes de localización fiscal de Odoo están preparados para gestionar cualquier tipo de sociedad ubicada en las Islas Canarias. Contamos con los planes de cuentas: PYMES (2008), Completo y PGCE Entidades sin ánimo de lucro (2008).

Al seleccionar el plan contable se configurarán tanto las cuentas como los impuestos y los tramos de IRPF para poder incluirlos en las facturas. Del mismo modo, se cargan los modelos de impuestos a presentar a la Agencia Tributaria, en el caso de las Islas Canarias, aparte de los modelos comunes con las comunidades autónomas de la península, también está disponible el modelo 420 exclusivo de las Islas.

¿Qué es el modelo de impuestos 420?

El modelo 420 es una declaración tributaria utilizada en las Islas Canarias con el objetivo de liquidar trimestralmente el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC). Este impuesto equivale al IVA en el resto de España y el modelo lo presentan empresas y autónomos para declarar e ingresar el IGIC devengado y deducible en sus operaciones.

En el modelo, tanto autónomos como empresas deberán presentar las operaciones interiores sujetas y no exentas, ya sean del 0%, 3%, 7%, 9.5%, 15%, 20%, etc. También las operaciones intracomunitarias y exportaciones en caso de que apliquen, el recargo de equivalencia y el autoconsumo (inversiones del sujeto pasivo).

Para la presentación, están obligados todos los autónomos y todas las empresas que estén sujetas al IGIC. La presentación se hace, por lo general, cada trimestre, aunque en algunos casos debe hacerse mensualmente, dependiendo del volumen de las operaciones o si están inscritas en el REDEME (Registro de Devolución Mensual).

El modelo 420 se presenta de manera trimestral:

  • 1 al 20 de abril - primer trimestre
  • 1 al 20 de julio - segundo trimestre
  • 1 al 20 de octubre - tercer trimestre
  • 1 al 30 de enero del año siguiente - cuarto trimestre

Además, al presentar el modelo 420 de manera trimestral, las empresas y autónomos de las Islas Canarias no tienen que presentar el modelo 303, que sí debe ser presentado para las sociedades del resto de España. Lo mismo ocurre con el modelo 390, al estar relacionado de manera directa con la declaración del IVA, en las Islas Canarias se sustituye por el IGIC.

A pesar de no tener que presentar los modelos 303 y 390 presentados en el resto de España, las empresas y autónomos en las Islas Canarias sí que tendrán que presentar otros modelos como el 111, 115 y 130, siendo estos fiscalmente comunes en toda España.

Veri*Factu y SII en las Islas Canarias

A pesar de las diferencias en cuanto a la presentación de modelos de impuestos, debido a la existencia del IGIC en sustitución del IVA, la facturación electrónica será obligatoria de igual manera en las Islas Canarias.

Con la aprobación del Real Decreto 1007/2023, se establece que las empresas y autónomos deberán contar con un software de facturación que garantice la integridad y trazabilidad de las facturas emitidas, en definitiva, lo establecido en la Ley Antifraude.

Es por esto, que a partir de la entrada en vigor de la Ley Antifraude, tanto las empresas como los autónomos deberán presentar sus facturas cumpliendo con Veri*Factu. Esto está previsto para empresas a partir del 1 de enero de 2026 y para autónomos a partir del 1 de julio de 2026. Sin embargo, estas presentaciones deberán tener en cuenta la particularidad del IGIC.

Siendo Verifactu obligatorio para empresas y autónomos de facturación menor a 6 millones de euros, el SII es de obligado cumplimiento para las empresas y autónomos que facturen más de 6 millones de euros anualmente. Además, empresas inscritas en el REDEME también deberán presentar el SII a la Agencia Tributaria Canaria.

Odoo va a ser un software garante de Veri*Factu y ya cuenta con el SII integrado en las bases de datos, por lo que, si deseas cumplir con todos los requisitos fiscales sin preocupación, la aplicación de facturación de Odoo está lista para ello.

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